¿Cómo tributan las cuentas de ahorro empresa en la declaración de la renta?

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9/06/2015

Iniciamos la recta final de la campaña de renta 2014 y desde Ineaf queremos hablar de las deducciones y bonificaciones que podemos incluir en nuestra declaración si hemos realizado alguna aportación a una cuenta de ahorro empresa.

Del mismo modo que las conocidas cuentas ahorro vivienda (las aportaciones sólo pueden destinarse a la adquisición de una vivienda), las cuentas de ahorro empresa son aquellas cuyas aportaciones se utilizan sólo y exclusivamente a constituir una Sociedad Limitada Nueva Empresa o SLNE.

Con la finalidad de fomentar la creación de empresas y enriquecer el tejido empresarial de nuestro país, las aportaciones a este tipo de cuentas cuentan con importantes ventajas fiscales y aspectos relevantes que es importante tener en consideración:

  • Todas las aportaciones realizadas a lo largo de 2014 pueden beneficiarse de una deducción del 15% en la declaración de la renta, estableciéndose una base máxima de 9.000 euros (1.350€ de deducción).
  • Cada contribuyente sólo puede ser propietario de una única cuenta ahorro empresa y su saldo final debe destinarse a la suscripción como socio fundador de la primera SLNE que éste constituya.
  • La deducción por acciones o participaciones adquiridas con el saldo de cuentas ahorro empresa no pueden añadirse si ya han sido objeto de reducción por las aportaciones realizadas durante el año anterior.
  • Los intereses devengados por este tipo de cuenta de ahorro se consideran rendimientos del capital mobiliario, deben integrarse en la base imponible del ahorro y están sometidos a una retención del 21%.
  • Los tipos de gravamen aplicables a los intereses devengados por la cuenta ahorro empresa  son del 21%, 25% y 27% en 2014, del 20%, 22% y 24% en 2015 y del 19%, 21% y 23% en 2016.

Por otra parte, se perderá el derecho a deducción y se exigirá la correspondiente devolución en alguno de los siguientes supuestos:

  • Cuando las aportaciones realizadas se destinen a fines distintos a los de la constitución de la SLNE.
  • Cuando hayan pasado más de 4 años desde la apertura de la cuenta ahorro empresa sin que se haya inscrito la SLNE en el Registro Mercantil.
  • Cuando se transmitan las participaciones de la SLNE durante los dos años siguientes a su constitución.
  • Cuando la sociedad ejerza actividades que se hubieran desarrollado anteriormente bajo otra titularidad.

Eso sí, de la misma forma que en otras deducciones,  es imprescindible comentar que esta deducción ha desaparecido con la entrada en vigor de la reforma fiscal por lo que las aportaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2015 ya no tienen derecho a esta y por el momento no hay previsión de cambios a corto plazo.

Así que ya sabe, si realizó aportaciones a una cuenta ahorro empresa en 2014 y cumple con los requisitos, aproveche para aplicarse la deducción en su declaración, que esto ya se acaba.

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