Resolución de 6 de mayo de 2014, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se autoriza una nueva ampliación del plazo de ingreso de la cotización correspondiente a los nuevos conceptos e importes computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, consecuencia de la modificación del artículo 109 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, mediante la nueva redacción dada por la disposición final tercera del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre.
La ya tan famosa disposición final tercera del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, que dio nueva redacción al artículo 109 de LGSS y consecuencia de la misma, pasaban a computarse en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social una serie de conceptos retributivos hasta entonces excluidos de la misma en su totalidad o en parte, entrando en vigor y afectando a las liquidaciones de las cuotas del Régimen General devengadas a partir de ese mismo mes ha sufrido una nueva modificación.
Con el objetivo de facilitar la liquidación e ingreso de la cotización correspondiente a las primeras mensualidades afectadas por la modificación legal señalada, la TGSS dictó una resolución con fecha 23 de enero de 2014, mediante la cual autorizaba la ampliación del plazo de liquidación e ingreso de estos nuevos conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, conceptos a incluir en dicha base correspondientes a los períodos de liquidación de diciembre de 2013 a marzo de 2014 y que en su día no se incluyeron, dándose por tanto la posibilidad mediante liquidación complementaria tipo L03 del ingreso, sin aplicación de recargo o interés alguno, hasta el 31 de mayo de 2014.
Como consecuencia de que aún a fecha de hoy existe una problemática latente en cotización e ingreso de cuotas derivadas de la modificación del Art. 109 de la LGSS, la Tesorería General de la Seguridad Social ha dictado una nueva Resolución de 6 de mayo de 2014, por la que se autoriza una nueva ampliación del plazo de ingreso de la cotización correspondiente a los nuevos conceptos e importes computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social. (BOE 118, de 15 de mayo de 2014). Los referidos conceptos podrán ser objeto de liquidación complementaria e ingreso, sin aplicación de recargo o interés alguno, hasta el 31 de julio de 2014.
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