Algunas novedades fiscales de la Ley de Presupuestos Generales del estado para 2014

2014 - INEAF

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8/02/2014

Con la nueva Ley 22/2013, del 23 de Diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 nos hacemos una idea de cuáles serán las novedades fiscales para este nuevo año y que es lo que se mantiene de años anteriores.

Haciendo una clasificación en base a los diferentes impuestos nos encontramos que:

En lo referente al Impuesto de Renta de las Personas Físicas poco cambia con respecto a los últimos años anteriores ya que la escala de gravamen que se fijo en el año 2011, donde en el tramo estatal las rentas superiores a 120.000€ tributan al 22.5%, y las rentas superiores a 175.000€ tributan al 23.5%, se mantienen  para este año. Además también se prorroga los tipos para la base liquidable del ahorro del año 2012 y 2013.

En cuanto a los tipos de retención, se aplicaran los mismos del año2014 - INEAF anterior al 21%. Asimismo, se mantiene el porcentaje de retención aplicable a administradores en el 42%.

Como novedad se establece  una deducción por la percepción de determinados rendimientos de capital mobiliario que se integren en la base del ahorro que serán:

Rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios procedentes de algunos instrumentos financieros con un periodo de generación superior a dos años.

Y  rendimientos derivados de percepciones procedentes de seguros de vida o invalidez contratados antes del 20 de enero de 2006.

Se extiende para los ejercicios 2014 y 2015 en lo referente al Impuesto sobre Sociedades la aplicación del tipo reducido de gravamen para aquellas empresas que mantengan o creen empleo y  también los tipos incrementados para el cálculo de los pagos fraccionados (el 23%, el 26% y el 29%, frente al 21%).

Además, e l tratamiento de los gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información, seguirán teniendo la consideración de gastos de formación y, por lo tanto, no tendrán la consideración de rentas en el IRPF y darán derecho a la aplicación de la deducción de gastos de formación en el Impuesto sobre Sociedades.

Atendiendo al Impuesto sobre la  Renta de No Residentes durante este nuevo año se prorrogaran  los tipos de gravamen (el 21% frente al 19% y el 24,75% frente al 24%).

En el Impuesto sobre el Patrimonio se elimina la bonificación del 100% en la cuota íntegra estatal que se dice se restablecerá en 2015.

Por último analizando las novedades que incluye dicha ley en lo referente al Impuesto sobre el Valor Añadido, vemos que  la regla de localización de servicios en el caso de que se utilicen o exploten en el territorio de aplicación del impuesto será aplicable, a partir de 1 de enero de 2014, para servicios cuyos destinatarios estén en Canarias, Ceuta o Melilla, exceptuándose solo para cuando estén establecidos en la Comunidad. Además se limita la imposibilidad de rectificar la repercusión de IVA en los casos en los que a administración Tributaria ponga de manifiesto cuotas no repercutidas y la conducta sea constitutiva de infracción.

Con respecto a la prorrata general de este impuesto, para el cálculo de deducción se excluyen operaciones derivadas de establecimientos permanentes situados fuera del territorio de aplicación del IVA.

Como todos los años, también se actualizan la escala de los tipos de gravamen aplicables a las transmisiones y rehabilitaciones de Grandezas y Títulos Nobiliarios en el ITP y AJD, los valores catastrales en el IBI y los tipos fijos de las tasas de la Hacienda estatal.

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