En tal normativa, figura un nuevo régimen de tributación reducida para sociedades de nueva creación. A partir de ahora, las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% para los primeros 300.000 euros durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos. El exceso tributará al 20%, frente al 30% de tipo general de gravamen del impuesto de sociedades, también durante los dos primeros ejercicios positivos.
Por otra parte, otra medida aprobada permite que los autónomos que inicien una actividad económica puedan aplicarse también en el IRPF una reducción del 20% en los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que obtengan resultados positivos (rendimiento neto positivo).
En tercer lugar el Real Decreto-ley 4/2013 recoge también medidas de fomento del autoempleo en el régimen de autónomos. Los desempleados que decidan establecerse como autónomos podrán beneficiarse de la exención completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de la prestación sea en forma de pago único (hasta ahora estaban exentos solo hasta 15.500 euros).