Activos no corrientes mantenidos para la venta (II de III) – Tribuna INEAF

amortización - INEAF

Retomando la tribuna práctica de “Activos no Corrientes mantenidos para la venta (I de III)” vamos a continuar por donde lo dejamos, realizando un par de ejemplos ilustrativos de la explicación.

Caso 1:amortización - INEAF

Una empresa compra el 01.04 de 2008 un camión por 150.000 euros y lo amortiza linealmente en 5 años.  El 01.07.10 decide ponerlo a la venta, ya que se jubila la persona que lo llevaba y deciden subcontratar el servicio. El valor razonable del vehículo a 01.07.10 se estima en 60.000 euros. Al final de año se calcula un valor razonable sigue siendo el mismo y lo consigue vender en marzo del año 2011 por 50.000 euros.

– Por la compra el 01.04.08

 

Debe

Haber

(218) Elementos transport.150.000 
(572) Banco c/c 150.000

 Por la amortización del 31.12.08

Debe

Haber

(681) Amort. Inm. Mat22.500 
(281) A.A.I.M. 22.500

  150.000/5 = 30.000/12 x 9 = 22.500

Por la amortización del 31.12.09

Debe

Haber

(681) Amort. Inm. Mat30.000 
(281) A.A.I.M. 30.000

  150.000/5 = 30.000

Por la reclasificación como activo para la venta. 01.07.2010

1. Actualizamos la amortización hasta esa fecha

 

Debe

Haber

(681) Amort. Inm. Mat15.000 
(281) A.A.I.M. 15.000

150.000/5 = 30.000/2 = 15.000

2. Clasificación del activo como activo no corriente mantenido para la venta. Para ello comparamos el valor contable en este momento con su valor razonable, y en su caso, dotamos corrección valorativa.

 Valor contable: 150.000 – 67.500 = 82.500

Valor razonable: 60.000 (menor)

Al ser el valor razonable menor que el contable, debemos contabilizar una corrección valorativa por la diferencia

Dotamos por 82.500 – 60.000 = 22.500

Debe

Haber

(691) Pérdidas por deterioro del I.Mat22.500 
(291) Deterioro del inmv. Material 22.500

Paso al subgrupo 58

Debe

Haber

(281) A.A.I.M.67.500 
(580) Inmovilizado60.000
(291) Deterioro del Inmov. Material22.500
(218) Elemento transporte 150.000

–          Por la venta en marzo de 2011

Debe

Haber

(543) Ctos. c/p enajenables50.000 
(671) Pérdidas proce. I.M.10.000
(580) Inmovilizado60.000

Caso segundo

Suponer como segundo caso  que no se hubiera realizado la venta anterior y que el 01.04.11 cambia de idea, contrata a un transportista y vuelve a utilizar el camión para las entregas a sus clientes, ya que con el servicio externo ha tenido muchos problemas. El valor razonable en ese momento es de 58.200 euros.

Atendiendo a la norma 7 del plan, para reclasificarlo al inmovilizado material, se aplicará el menor entre el valor en libros y el valor recuperable.

El valor en libros debe incluir la amortización que dejó de practicarse durante el periodo  que estuvo clasificado como mantenido para la venta. Si se compró en abril de 2008 y estamos en abril de 2011, se habrían amortizado tres años.

Valor en libros = 150.000 – (150.000/5 x 3) = 60.000

Valor recuperable = 58.200

 

Debe

Haber

(218) Elementos de Transporte58.200 
(671) Pérdidas proce. I.M.1.800
(580) Inmovilizado60.000

Hasta aquí esta segunda parte sobre los activos no corrientes mantenidos para la venta. En la próxima tribuna comentaremos la problemática que plantea los grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta.

Véase Tribuna: “Activos no corrientes mantenidos para la venta (I de III)”

Véase Tribuna: “Activos no corrientes mantenidos para la venta (III de III)”

Comentarios

  • MARIA NIEVESGOMEZ VIVAS (#)
    noviembre 20th, 2013

    Muchas gracias por la explicación

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