MATERIAL DIVULGATIVO DE Sistema Tributario Español

Devengo del impuesto

El devengo del impuesto se produce en el momento en que se origina el hecho imponible del IVA, independientemente del flujo de cobros y pagos, pudiendo o no coincidir con ellos.

Se produce el devengo según sean entregas de bienes, prestaciones de servicios, adquisiciones intracomunitarias o importaciones.

Ejemplo:

El proveedor “X” distribuye a la empresa “Y” un palé de madera en enero, pagadero en febrero.

La empresa “Y” todavía no ha pagado el palé -lo hará en febrero- pero el momento del devengo es en enero, que es cuando se ha producido el hecho imponible, es decir la entrega efectiva de un bien.

 

Artículos de Tribuna INEAF relacionados

¿Qué resoluciones y sanciones puede acarrear una inspección de trabajo?
Tribuna Laboral
27/03/2024
Cash Pooling: qué es, tipos y ventajas de esta metodología financiera
Tribuna Contable
26/03/2024
Economía de Marruecos: oportunidades y retos
smi
25/03/2024