Tratamiento contable de la devolución de ventas

devoluciones de venta - INEAF

Me gustaría tratar hoy un tema, no por su complejidad que obviamente entra dentro de las primeras nociones de contabilidad, sino por la extrañeza que resulta encontrarme tantas veces algo mal contabilizado.

Se trata de algo tan sencillo como una devolución de ventas. Todos sabemos que la venta de mercaderías la reflejamos contablemente en la cuenta (700) como abono en el haber y cargo al cliente. El problema llega en las devoluciones. No sé si por comodidad, desconocimiento del plan u otro motivo, son muchos los profesionales acostumbrados a cargar en la misma cuenta, encontrándonos por tanto los siguientes apuntes (obviando el IVA)

En la venta

HaberDebe
(430) Clientes
(700) Venta de Mercaderías

En la devolución

HaberDebe
(700) Venta de Mercaderías
(430) Cleintes

Esta forma de actuar no es correcta pues la definición que da la quinta parte del Plan de la cuenta (708) dice: Remesas devueltas por clientes, normalmente por incumplimiento de las condiciones de pedido. En esta cuenta se contabilizarán también los descuentos y similares originados por la misma causa que sean posteriores a la emisión de la factura.

Es cierto, que alguien podría argumentar que tanto la cuarta parte como la quinta del plan son de aplicdevoluciones de venta - INEAFación facultativa, con lo que, en principio no sería obligatorio utilizarla.

Ante la duda y como casi siempre, aquí tenemos de nuevo una consulta del ICAC (Consulta número 6 del BOICAC número 96/diciembre de 2013) que establece que efectivamente, la cuarta y quinta parte del PGC, cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables, respectivamente, son de aplicación facultativa excepto en aquellos aspectos que contengan criterios de registro o valoración.

En la quinta parte se incluyen los principales motivos de cargo y abono de las cuentas propuestas, sin que en ninguna de ellas se contemple la posibilidad de efectuar un asiento por un importe negativo. Cuestión distinta es que en el modelo de cuenta de pérdidas y ganancias figure la partida 1.a) Ventas, en la cual se integra el subgrupo 70, dentro del cual forma parte la cuenta 708. “Devoluciones de ventas y operaciones similares”, con signo negativo. Esta situación viene determinada precisamente al amparo de la relación contable descrita para esta cuenta, que surge cargándose cuando se produce la devolución de una venta, con abono a una cuenta de clientes.

Por tanto, el reflejo contable de las devoluciones de ventas se realizará cargando la cuenta 708. “Devolución de ventas y operaciones similares” con abono a la cuenta del subgrupo 43 que corresponda o a la correspondiente cuenta del subgrupo 57.

En la venta

HaberDebe
(430) Clientes
(700) Venta de Mercaderías

En la devolución

HaberDebe
(708) Devolución de venta de mercaderías
(430) Clientes

Son pequeños detalles que debemos conocer para evitar de hacer apuntes incorrectos.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

ARTÍCULOS RELACIONADOS