Prestación por maternidad: Postura del TEAC

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14/03/2017

Recordarán nuestros lectores la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de hace unos meses en la que declaraba exenta del Impuesto sobre la Renta la prestación por maternidad (véase: prestación por maternidad“Prestación por maternidad: Posible exención en IRPF”) Esta sentencia se posicionaba en contra de la postura defendida hasta ahora por la Agencia Tributaria, ya que alegaba que la prestación por maternidad estaba sujeta y no exenta de tributación.

Esta sentencia, venía a establecer que la Agencia Tributaria debía devolver a la demandante del caso, cierta cantidad más los intereses de demora debido a una prestación total por maternidad, al entender las prestaciones exentas de tributación.

Tras el revuelo ocasionado por esta y otras sentencias, el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), decidió tratar el tema considerada la transcendencia del mismo.

La postura que defiende ahora el TEAC sobre esta cuestión es la de ratificar que la prestación por maternidad no está exenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, debiendo tributar.

La cuestión radica en que la exención establecida en el artículo 7.h) de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas, debe aplicarse exclusivamente a las prestaciones por maternidad satisfechas por las comunidades y entidades locales, no pudiéndose aplicar a la prestación por maternidad satisfecha por la Seguridad Social.

Establece además que, esta prestación sustituye a la retribución normal que la madre percibiría si continuase su trabajo habitual, retribución no exenta del Impuesto sobre la Renta.

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Esta resolución del TEAC, unifica el criterio administrativo, pero no es definitiva su aplicación, pues son los tribunales judiciales los que tiene que pronunciarse al respecto. Mientras no se pronuncie el Tribunal Supremo, se debe de aceptar la postura de los tribunales superiores autonómicos, como en este caso es el de Madrid, que establece que está exenta la tributación.

Estaremos pues al tanto de si finalmente se considera o no la prestación por maternidad exenta del Impuesto sobre la Renta.

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