Modificaciones y nuevos modelos fiscales – Tribuna INEAF

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2/02/2016

Hace unos días, la Agencia Tributaria, publicó en su web un nuevo proyecto de Orden por la que se modifica y se crean algunos Modelos. Veamos a qué modelos se refiere.

Se aprueba en su artículo 1 el modelo 364 de Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reembolso relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de Dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado. Este modelo demodelos - INEAFberá presentarse por los destinatarios de las operaciones exentas a las que se refiere el Artículo 5, apartado 2 a) y 3 del Real Decreto 160/2008, de 8 de febrero por el que se aprueba su Reglamento para solicitar el reembolso de las cuotas de IVA que hayan soportado durante cada trimestre. Las solicitudes de devolución, telemáticas, deberán referirse a las cuotas soportadas en cada trimestre natural y se presentarán en el plazo de los seis meses siguientes a la terminación del periodo de liquidación a que correspondan.

Se aprueba en su artículo 5 el modelo 365 Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado”, que figura como Anexo II de la Orden que deberá presentarse por los mismos anteriores, vía electrónica, con carácter previo a la realización de la operación, debiendo presentarse una solicitud cada vez que vaya a efectuarse una operación exenta.

Esta parte de la orden, entrará en vigor a partir del 30 de junio de 2016 y será aplicable a las solicitudes presentadas con posterioridad a dicha fecha

La disposición final primera modifica la orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, por la que se aprueban los modelos 360 y 361 de Gestión de devoluciones a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio en el que soportan el Impuesto. De este modo, se adapta su regulación a los cambios introducidos por la Ley 28/2014 sobre el derecho a la deducción de las cuotas soportadas en el Régimen especial aplicable a los servicios de telecomunicaciones, radiodifusión, de televisión y a los prestados por vía electrónica por empresarios o profesionales no establecidos en la Comunidad, al que llamábamos régimen exterior de la Unión.

Finalmente, se modificará la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución. Se extiende su obligatoriedad a presentar electrónicamente utilizando un sistema de identificación y autenticación basado en certificado electrónico de las Grandes Empresas a la documentación, solicitudes o manifestaciones de opciones que no figuran en los propios modelos o formularios de declaración o autoliquidaciones y documentación con transcendencia tributaria relativa a procedimientos tributarios gestionados por la Agencia Tributario a través del Registro Electrónico de la misma.

Esta otra parte de la orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE

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