Modelo de Contrato de Préstamo: Método de Amortización Francés

Préstamo - INEAF

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15/03/2016

La financiación por parte de entidades de crédito suele ser costosa, laboriosa y que se extienda en el tiempo más de lo necesario dejando en “stand by” proyectos que requieren una atención inmediata. Por otro lado, con un banco siempre firmaremos el préstamo en escritura elevada a público ante notario, por lo que, tanto la constitución del préstamo, así como sus posibles novaciones en caso de que tengamos que renegociar las condiciones, supondrán un coste añadido que nunca suele interesar.

En este sentido podemos encontrar otras maneras de financiación a través de contratos privados entre las partes igual de vinculantes que la escritura pública y que teniendo en cuenta su fiscalidad, donde la mayoría de las veces el efecto impositivo es nulo (recomiendo el artículo que escribí en MyL Abogados y Asesores ¿Cómo tributan los préstamos?), nos puede salir bastante rentable si encontramos la persona o sociedad idónea que confíe en nuestro proyecto.Préstamo - INEAF

En la tribuna de hoy, vamos a centrarnos en la parte legal y financiera del contrato de préstamo aportando un modelo de contrato estándar basado en el método de amortización de cuota constante o francés.

En primer lugar, deberemos fijar un tipo de interés para su devolución de acuerdo al mercado y en el que hacienda no estime ninguna renta presunta de más. En este sentido, lo más usual es acudir al tipo de interés legal del dinero establecido anualmente por los presupuestos generales del estado.

En segundo lugar, habrá que determinar el capital que va a prestarse y los plazos de devolución, hallando la cuota periódica a pagar:

De esta manera confeccionamos nuestro cuadro de amortización, y sobre el redactamos el contrato de préstamos que blinde legalmente nuestros derechos y designe nuestras obligaciones.

La fórmula para hallar la cuota de amortización es la siguiente:

Cuota = (Co x i) / (1-(1+i)^-n)

Donde:

  • Co: Capital prestado
  • i: Tipo de interes
  • n: períodos de devolución

Veamos un ejemplo:

La entidad S presta a la entidad M, la cantidad de 100.000 euros, a devolver mensualmente durante 24 períodos, a un tipo de interés mensual del 1,5%.

Cuota a amortizar = (100.000 x 1,5%) / ( 1-(1+1,5%)^-24) = 4.992,41€ mensuales

A continuación desarrollamos el cuadro de amortización teniendo en cuenta que los intereses incluidos en la cuota mensual se calcularán en función del capital pendiente por amortizar. De esta manera la parte de la cuota correspondiente a los intereses se irá reduciendo a la vez que la parte de amortización de capital irá creciendo.

PeríodoCuota MensualInteresesAmortizaciónCapital por amortizarCapital amortizado
Mes 0 100.000,00 € 0 €
Mes 14.992,41 € 1.500,00 € 3.492,41 € 96.507,59 € 3.492,41 €
Mes 24.992,41 € 1.447,61 € 3.544,80 € 92.962,79 € 7.037,21 €
Mes 34.992,41 € 1.394,44 € 3.597,97 € 89.364,83 € 10.635,17 €
Mes 44.992,41 € 1.340,47 € 3.651,94 € 85.712,89 € 14.287,11 €
Mes 54.992,41 € 1.285,69 € 3.706,72 € 82.006,17 € 17.993,83 €
Mes 64.992,41 € 1.230,09 € 3.762,32 € 78.243,85 € 21.756,15 €
Mes 74.992,41 € 1.173,66 € 3.818,75 € 74.425,10 € 25.574,90 €
Mes 84.992,41 € 1.116,38 € 3.876,03 € 70.549,07 € 29.450,93 €
Mes 94.992,41 € 1.058,24 € 3.934,17 € 66.614,89 € 33.385,11 €
Mes 104.992,41 € 999,22 € 3.993,19 € 62.621,71 € 37.378,29 €
Mes 114.992,41 € 939,33 € 4.053,08 € 58.568,62 € 41.431,38 €
Mes 124.992,41 € 878,53 € 4.113,88 € 54.454,74 € 45.545,26 €
Mes 134.992,41 € 816,82 € 4.175,59 € 50.279,15 € 49.720,85 €
Mes 144.992,41 € 754,19 € 4.238,22 € 46.040,93 € 53.959,07 €
Mes 154.992,41 € 690,61 € 4.301,80 € 41.739,14 € 58.260,86 €
Mes 164.992,41 € 626,09 € 4.366,32 € 37.372,81 € 62.627,19 €
Mes 174.992,41 € 560,59 € 4.431,82 € 32.940,99 € 67.059,01 €
Mes 184.992,41 € 494,11 € 4.498,30 € 28.442,70 € 71.557,30 €
Mes 194.992,41 € 426,64 € 4.565,77 € 23.876,93 € 76.123,07 €
Mes 204.992,41 € 358,15 € 4.634,26 € 19.242,67 € 80.757,33 €
Mes 214.992,41 € 288,64 € 4.703,77 € 14.538,90 € 85.461,10 €
Mes 224.992,41 € 218,08 € 4.774,33 € 9.764,58 € 90.235,42 €
Mes 234.992,41 € 146,47 € 4.845,94 € 4.918,64 € 95.081,36 €
Mes 244.992,41 € 73,78 € 4.918,64 €–                              0,00 € 100.000,00 €

 

Un modelo de contrato de préstamo “tipo” sería el siguiente:

En ______, a _________20XX

De una parte, como PRESTAMISTA,

XXXXXXXXXXXXXX, con domicilio en__________________ y NIF______________

De otra parte, como PRESTATARIO,

XXXXXXXXXXXXXX, con domicilio en__________________ y NIF______________

Ambas partes se reconocen la capacidad legal necesaria para formalizar el presente CONTRATO DE PRÉSTAMO CON INTERESES en el concepto en el que intervienen en el mismo, y de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

PRÉSTAMO

PRESTAMISTA presta al PRESTATARIO la cantidad de ________ euros, que se hace efectiva en el momento de la constitución del presente contrato, mediante transferencia bancaria del PRESTAMISTA a la cuenta del PRESTATARIO que designe.

SEGUNDA.- DEVOLUCIÓN DEL CAPITAL E INTERÉS.

El PRESTATARIO se obliga frente al PRESTAMISTA a la devolución del capital prestado con un interés anual, pactado por las partes, del ________, siendo pagadero dicho interés por periodos vencidos mensuales.

El préstamo, se devolverá mediante el método de amortización francés, como se refleja en el cuadro de amortización que se adjunta.

Asimismo, la falta de pago del importe del capital o de los intereses pactados a su vencimiento, podría devengar un interés de demora del ________ anual; sin que sea necesario para ello el requerimiento previo por parte del PRESTAMISTA.

TERCERA.- PLAZO DE DEVOLUCIÓN DEL CAPITAL.

El capital prestado deberá devolverse como máximo en el plazo de ________, a contar desde el día de la firma del presente contrato, por lo que la fecha máxima de devolución será el día________ (En esta cláusula podría establecerse algún período de carencia)

CUARTO.- PLAZO DE DEVOLUCIÓN DE INTERESES.

Los intereses comenzarán a devengarse a partir de la fecha de la firma del presente contrato, devolviéndose en los mismos términos que el capital prestado.

QUINTA.- DEVOLUCIÓN ANTICIPADA DEL PRÉSTAMO.

El PRESTATARIO podrá devolver de forma anticipada, total o parcialmente el principal prestado más los intereses respectivos calculados hasta la fecha en que se realice la entrega anticipada, documentándose por medio de recibos anexos al presente documento las cantidades objeto de entrega anticipada y las cantidades que queden pendientes en concepto de principal y de intereses exigibles hasta la fecha de vencimiento pactada.

La devolución anticipada no acarreará ningún tipo de comisión por cancelación total o parcial.

QUINTA.- PRÓRROGA DEL CONTRATO.

Las partes, de común acuerdo, podrán pactar una prórroga al presente contrato en caso de que llegado el vencimiento, la deuda no se haya reintegrado. Además podrán renegociar las condiciones del préstamo en cualquier momento de vigencia del mismo

SEXTA.- GASTOS.

Todos los gastos e impuestos que pudieran derivarse de la formalización del presente contrato, serán a cargo del PRESTATARIO, con entera indemnidad para el PRESTAMISTA.

SÉPTIMA.- INCUMPLIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.

El incumplimiento por parte del PRESTATARIO de cualquiera de las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato facultará al PRESTAMISTA para resolver el contrato antes del plazo de vencimiento pactado, siempre que medie requerimiento previo al PRESTATARIO del cumplimiento de sus obligaciones. Transcurridos 15 días desde el citado requerimiento sin que aquél atendiere el contenido del mismo, quedará resuelto de pleno derecho el presente contrato; con las consecuencias jurídicas a que hubiere lugar legalmente.

OCTAVA.- DOMICILIO DE NOTIFICACIONES.

A los efectos de recibir cualquier notificación relacionada con los derechos y obligaciones derivados de este contrato, las partes designan como domicilios los que figuran al encabezamiento de este documento.

NOVENA.- LEGISLACIÓN APLICABLE.

La interpretación de las cláusulas del presente contrato se realizará de conformidad con la legislación española.

En consecuencia, el presente contrato se rige, en lo no pactado expresamente en él, por lo dispuesto en el Código de Comercio, las leyes especiales que lo regulen, los usos mercantiles y el Código Civil.

DÉCIMA.- FUERO.

Las partes, con expresa renuncia al fuero propio que pudiera corresponderles, deciden someter cuantas divergencias pudieran surgir por motivo de la interpretación y cumplimiento de este contrato, a la Jurisdicción de los Jueces y Tribunales del ________

Y en prueba de conformidad, firman ambas partes el presente contrato, por duplicado ejemplar, en todas sus hojas y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados al principio de este documento.

Fdo.: EL PRESTAMISTA

Fdo.: EL PRESTATARIOXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Comentarios

  • Enrique (#)
    abril 24th, 2023

    Quiero solicitar 60.000€ con amortización de 9 años

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