Cuentas Anuales: ¿Normales o Abreviadas?

cuentas anuales - INEAF

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29/07/2014

Estamos bastante exhaustos con la campaña de impuestos del segundo trimestre con el impuesto sobre sociedades de por medio. Hay que dar el último apretón, y depositar las cuentas anuales, así que aquí tenéis una breve guía práctica que esperemos clarifique algunas cuestiones que se plantee el lector.

Las Cuentas Anuales, constan de los siguientes estados financieros:

El Balance de Situación

La Cuenta de Pérdidas y Ganancias

El Estado de Cambios en el Patrimonio Neto

El Estado de Flujos de Efectivo

La Memoria

12612 36139

Estos documentos forman una unidad y deben redactarse conforme lo establecido en las leyes y textos oficiales. No obstante, hay que resaltar que existen distintos tipos de cuentas anuales:

– Cuentas anuales abreviadas

– Cuentas anuales normales

– Cuentas anuales PYME

Cuentas anuales normales

Las cuentas anuales normales están recogidas en el RD 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad. En principio, todas las sociedades están obligadas a su presentación, a excepción de aquellas que pueden presentar las cuentas anuales abreviadas o de aquellas que pueden acogerse al PGC de PYMEs.

Cuentas anuales abreviadascuentas anuales - INEAF

La principal diferencia entre las cuentas anuales normales y las abreviadas radica en su simplicidad. Las cuentas anuales abreviadas tienen un formato más simple, donde hay una menor desagregación de la información; no hay normas especiales definidas para este tipo de documentos.

Podrán formular el balance, la memoria y el estado de cambios en el patrimonio neto abreviados las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las siguientes circunstancias:

(Nueva Redacción de la Ley de Sociedades de Capital dada por el artículo 49 de la Ley de Emprendedores por la que se aprueban nuevos límites)

a)Que el total de las partidas del activo no supere los cuatro millones de euros

b)Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los ocho millones de euros.

c)Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.

En cuanto a la cuenta de pérdidas y ganancias, las sociedades podrán presentarla en su formato abreviado cuando, durante dos ejercicios consecutivos, reúnan a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las siguientes circunstancias:

a)Que el total de las partidas de activo no supere los once millones cuatrocientos mil euros.

b)Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los veintidós millones ochocientos mil euros.

c)Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a doscientos cincuenta.

No existe un estado de flujos de efectivo en modelo abreviado: las empresas que puedan presentar el balance, la memoria y el estado de cambios en el patrimonio neto abreviados, están eximidos de presentar este documento.

Cuentas anuales PYME

El RD 1515/2007, formula un Plan General Contable para PYMEs, con ciertas diferencias en criterios de valoración y en la formulación de las cuentas anuales. Las PYMES pueden decidir entre aplicar el PGC en su versión íntegra o en la versión específica para PYMES. Además, las sociedades que apliquen la versión íntegra del PGC, pueden elaborar modelos abreviados de las cuentas anuales si cumplen los requisitos necesarios para su aplicación.

Es decir, una PYME que cumpla los requisitos para presentar cuentas anuales abreviadas, podrá elegir entre utilizar los modelos abreviados previstos en el PGC en su versión íntegra o utilizar los modelos previstos en el PGC en su versión para PYMES.

Microempresas

Las microempresas se acogen al PGC para PYMEs pero pueden aplicar unos criterios específicos de registro y valoración. Se consideran microempresas todas las empresas que, habiendo optado por aplicar el PGC de PYMEs, durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las siguientes circunstancias:

a)Que el total de las partidas del activo no supere el millón de euros.

b)Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los dos millones de euros.

c)Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a diez.

MicroempresasPGC PYMEsBalance, Memoria y ECPN abreviadosCuenta de Pérdidas y Ganancias abreviadaModelo normal
Total activo<1.000.000<2.850.000<4.000.000<11.400.000Resto
Importe neto cifra de negocios<2.000.000<5.700.000<8.000.000<22.800.000Resto
Nº medio de trabajadores<10<50<50<250Resto

El Informe de Gestión

El informe de gestión no forma parte específicamente de las cuentas anuales, pero existen determinadas sociedades que deben depositarlo junto con éstas obligatoriamente.

Según el artículo 262 de la Ley de Sociedades de Capital:

“El informe de gestión habrá de contener una exposición fiel sobre la evolución de los negocios y la situación de la sociedad, junto con una descripción de los principales riesgos e incertidumbres a los que se enfrenta.

La exposición consistirá en un análisis equilibrado y exhaustivo de la evolución y los resultados de los negocios y la situación de la sociedad, teniendo en cuenta la magnitud y la complejidad de la misma.”

Deberán depositarlo obligatoriamente aquellas sociedades obligadas a presentar los modelos normales del balance de situación, la memoria y el estado de cambios en el patrimonio neto.

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