MATERIAL DIVULGATIVO DE Sistema Tributario Español

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Canarias

 

En las adquisiciones mortis causa sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones cuyo rendimiento se entienda producido en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, la base liquidable del Impuesto estará constituida por el resultado de aplicar en la base imponible las reducciones que se establecen en la presente sección, que sustituyen a las reducciones análogas aprobadas por la normativa estatal, así como las que tienen carácter de propias de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Se establecen en el Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, diversas medidas fiscales que en la práctica eximen de tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).

Artículos de Tribuna INEAF relacionados

¿Qué resoluciones y sanciones puede acarrear una inspección de trabajo?
Tribuna Laboral
27/03/2024
Cash Pooling: qué es, tipos y ventajas de esta metodología financiera
Tribuna Contable
26/03/2024
Economía de Marruecos: oportunidades y retos
smi
25/03/2024