MATERIAL DIVULGATIVO DE Laboral

Bases de Cotización

La base de cotización es la la remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación, que mensualmente tenga derecho a percibir el trabajador o asimilado, o la que efectivamente perciba, de ser ésta superior, por razón del trabajo que realice por cuenta ajena, sin otras excepciones que las legalmente establecidas (artículo 109.2) de la Ley General de la Seguridad Social).

Existen dos tipos de bases de cotización a tener en cuenta a efectos de contingencias comunes o contingencias profesionales.

1. Base de cotización por Contingencias Comunes:

Su cálculo se computara por el salario base, prorrateo de pagas extraordinarias y los siguientes conceptos en función de su inclusión o exclusión

CONCEPTOS INCLUIDOS EN LA BASE DE COTIZACIÓN

Concepto

Importe computable

Retribución en especie:

                                           - Por norma, convenio colectivo o contrato de trabajo

- Para fines particulares

Vivienda

5 ó 10 por 100 del valor catastral, en función de que se haya modificado o no dicho valor, con el límite del 10 por 100 resto remuneraciones

Vehículo

Entrega

Coste de adquisición empresario, incluidos tributos,

Uso

Propiedad empresa

20 por 100 anual coste adquisición

No propiedad empresa

20 por 100 anual valor mercado vehículo nuevo

Uso posterior y entrega

Valor del mercado resultante del uso anterior

Préstamos con tipo de interés inferior al legal del dinero

Diferencia entre ambos tipos de interés

Manutención, viajes, turismo, similares

Coste para el empresario, incluidos tributos

Primas de contrato de seguro, excepto AT y Responsabilidad civil

Coste para el empresario, incluidos tributos

Contribuciones, planes de pensiones o sistemas de previsión social alternativos a planes de pensiones (*)

Importe satisfecho por los promotores

Gastos de estudios y manutención (incluidos familiares) excepto estudios exigidos por el trabajo

Coste para el empresario, incluidos tributos

Derechos especiales de contenido económico que se reservan al promotor de una sociedad como remuneración (% sobre beneficios sociedad)

Mínimo 35 por 100 valor equivalente del capital social que permita la misma participación en los beneficios

Otros

Plaza de garaje

Propiedad empresa

Valor del mercado

Alquiler

Coste para el empresario

Bolsa de Navidad

Coste para el empresario

Juguetes

Coste para el empresario

Etc.

Coste para el empresario

(*) Estarán excluidas de las bases de cotización siempre que el beneficio obtenido por el interesado suponga un complemento de la percepción otorgada por el Sistema en su modalidad contributiva, es decir, siempre que impliquen únicamente un plus de percepción sobre las prestaciones del Sistema en su modalidad contributiva, supuesto en el que tendrán la consideración de mejoras de las prestaciones de la Seguridad Social

 

 

CONCEPTOS EXCLUIDOS DE LA BASE DE  COTIZACIÓN

Concepto

Importe Exento

Importe Computable

Gastos de Manu-tención y estancia (dietas)

Gastos por estancia

Importe justificado

El exceso de tales cantidades

Gastos de manu-tención

Per-nocta

En España

53,34€/día

Extranjero

91,35€/día

No

Per-nocta

En España

26,67€/día

Extranjero

48,08€/día

Perso-nal de vuelo

En España

36,06€/día

Extranje-ro

66,11€/día

Gastos de Locomoción

Según factura o documento equivalente (Transporte público)

Importe gasto justificado

-

Remuneración Global

(sin justificación importe)

0,19 € KM recorrido más gastos de peaje y aparcamientos justificados

El exceso de dicho impor

Pluses de transporte urbano y de distancia

Hasta el 20% del IPREM (en conjunto)

El exceso del 20% IPREM (en conjunto)

Indemnizaciones por fallecimiento, traslados, suspensiones

Importe

-

Indemnizaciones por despido o cese

Cuantía establecida en el estatuto de los trabajadores o en la normativa que regula la ejecución de sentencias, sin que pueda considerarse como tal la establecida en Convenio Colectivo

Su exceso

Extinción C.T. con anterioridad al acto de conciliación

Los importes que excedan de los que hubieran correspondido de haberse declarado despido improcedente el despido

Prestaciones Seguridad Social y Sus Mejoras

Importe

-

Asignaciones Asistenciales

Gastos estudios exigidos por el trabajo

Importe

 

Entrega productos a precios rebajados (cantinas, comedores, economatos)

9€/día

El exceso de 9€/día y/o no se cumplan los requisitos establecidos

Utilización bienes destinados a servicios sociales y culturales del personal, incluidos los locales debidamente homologados destinados por el empresario a prestar el primer ciclo de educación infantil a los hijos de sus trabajadores, así como la contratación de dicho servicio con terceros debidamente autorizados.

Importe

-

Entrega gratuita o a precio inferior al de mercado de acciones o participaciones de la empresa o empresas del grupo

Hasta 12.000 euros anuales

El exceso de tales importes y/o no se cumplan los requisitos establecidos

Primas de contrato de seguro AT o responsabilidad civil de trabajador

Importe

 

Primas de contrato de seguro para enfermedad común trabajador (más cónyuge y descendiente)

Hasta 500 euros anuales por cada una de las personas incluidas

El exceso de tales importes

La prestación del servicio de educación preescolar infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional, por centros educativos autorizados a los hijos de sus empleados con carácter gratuito o por el precio inferior al normal de mercado.

Importe

-

2. Base de cotización por Contingencias Profesionales:

Además de todos los conceptos computados para las contingencias comunes, comprenderá las horas extraordinarias tanto ordinarias como por fuerza mayor

Una vez obtenemos las bases de cotización, hay que comprobar que las mismas se encuentran dentro de los mínimos y  máximos de cotización segúnal grupo que perteneza el trabajador.

 

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